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¿Los entes territoriales que vincularon docentes cofinanciados a través de convenios en virtud del decreto 196/95, deben liquidar las cesantías de estos educadores con el régimen retroactivo o necesariamente por su condición de cofinanciados son de carácter anualizados?

>¿Los entes territoriales que vincularon docentes cofinanciados a través de convenios en virtud del decreto 196/95, deben liquidar las cesantías de estos educadores con el régimen retroactivo o necesariamente por su condición de cofinanciados son de carácter anualizados?

¿Los entes territoriales que vincularon docentes cofinanciados a través de convenios en virtud del decreto 196/95, deben liquidar las cesantías de estos educadores con el régimen retroactivo o necesariamente por su condición de cofinanciados son de carácter anualizados?

Atras

Generalmente todos los docentes cofinanciados o financiados son de régimen nacional por haber sido nombrados después de 1990, en consecuencia todos tienen anualidad de cesantías. Sin embargo por estar seguros del régimen a aplicarse debe revisar el convenio de afiliación y los anexos para determinar cuál fue el régimen que certificó el ente territorial y como se liquidó el pasivo.