Breve descripción de ¿quién es El Personero Estudiantil Y Contralor Estudiantil? y Sus Funciones.

En el marco del Plan de Desarrollo Cauca Territorio de Paz, y la Apuesta Educativa “Cauca Incluyente”, la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca en cumplimiento con el ejercicio de los procesos democráticos y participativos establecidos en la Constitución Política de 1.991, en cuya virtud, todos los ciudadanos podemos ejercer el derecho y el deber de elegir y ser elegidos. La Ley 115 de 1994 Ley General de Educación y el Decreto 1860 del mismo año, generan y orientan los  espacios para que los estudiantes en su pleno ejercicio,  entiendan la importancia de las prácticas democráticas y se familiaricen con ellas a través  de ejercicios prácticos como  la elección de los personeros estudiantiles.

De acuerdo a lo anterior y según lo establecido en el Artículo 28, del Decreto 1860/94 cada Establecimiento Educativo, deberá elegir el Personero Estudiantil dentro de los treinta (30) días calendario siguiente al de la iniciación del año escolar.

Por su parte la Contraloría General del Departamento del Cauca creó la figura del Contralor Estudiantil, según Ordenanza No.118 del  22 de Octubre de 2013, Artículo Primero en los siguientes términos: “Elección y periodo.  El Contralor Estudiantil debe elegirse el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil, con el fin de acentuar la fiesta de la democracia escolar; articulando y dándole fuerza al Gobierno Escolar”.

CONTRALORES ESTUDIANTILES

FUNCIONES DE LOS CONTRALORES ESTUDIANTILES  Y GOBERNADORES DE LOS CABILDOS ESCOLARES

  • “Propiciar acciones concretas y permanentes de control social, fiscal y defensa del medio ambiente en la gestión de las instituciones educativas.
  • Promover la rendición de cuentas y audiencia públicas en las instituciones educativas.
  • Velar por el correcto funcionamiento de las inversiones que se realicen mediante los fondos de servicios educativos (FOSES).
  • Realizar el control fiscal y social a los procesos de contratación que realice la institución educativa.
  • Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre deficiencias lo irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las instituciones educativas.
  • Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al rector y al consejo directivo sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.
  • Velar porque la disposición, administración y manejo del fondo de servicio educativo, alimentación escolar, tienda escolar, proyectos del presupuesto participativo, transporte escolar entre otros, tengan resultados satisfactorios frente a las necesidades inicialmente establecidas.
  • Presentar a la contraloría del cauca los resultados de las evaluaciones realizadas a los diferentes procesos y proyectos de la institución, para que ésta defina si es procedente o no determinar la existencia de un hecho fiscal.
  • Poner en conocimiento del organismo de control competente las denuncias que tengan merito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten procedentes.
  • Socializar ante la comunidad educativa los resultados de la gestión realizada durante el periodo.
  • Conocer el proyecto educativo institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compras de la institución educativa.
  • Velar por el cuidado del medio ambiente”.