¿Cuáles son los requisitos para ascender o ser reubicado en el escalafón docente?
El escalafón docente regulado por el Decreto 1278 de 2002 (Nuevo Estatuto de
Profesionalización Docente), está conformado por tres (3) grados (1,2 y 3), según el título
académico que acrediten, los cuales se establecen con base en la formación académica y
cada uno de esos grados está compuesto por cuatro (4) niveles salariales (A-B-C-D).
Requisitos
- Estar nombrado en propiedad e inscrito en el Escalafón Nacional Docente y ejerciendo
el cargo de docente o directivo docente con derechos de carrera. - Participar en la Evaluación de Competencias, en los términos de la respectiva
convocatoria, y superarla con un puntaje superior a 80%, de conformidad con el
numeral 2 del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002. - Haber cumplido tres (3) años de servicio contados a partir de la fecha de posesión en
período de prueba (requisito para el primer movimiento). - Haber obtenido una calificación mínima del sesenta por ciento (60%) en la evaluación
ordinaria de desempeño anual durante los períodos inmediatamente anteriores a la
inscripción en el proceso de evaluación de competencias, según se trate de
reubicación o de ascenso. - Para el caso de ascenso, acreditar adicionalmente el título académico exigido para
cada uno de los grados.