Para: LÍDERES DE LOS PROCESOS, FUNCIONARIOS, SUPERVISORES DE CONTRATOS Y CONTRATISTAS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Teniendo en cuenta la normatividad vigente expedida por el Gobierno Nacional y Departamental la respecto de contingencia generada por el COVID-19 y especialmente lo establecido en el parágrafo del artículo 16 del Decreto 491 de 2020, el cual establece: “Para la recepción, trámite y pago de los honorarios de los contratistas, las entidades del Estado deberán habilitar mecanismos electrónicos”, la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca ha contruido una ruta que servirá de guía para el trámite de las cuentas hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, así: