DE: Secretaría de Educación y Cultura del Departamento del Cauca

PARA: Alcaldías y funcionarios responsables de cultura de los 42 municipios del Departamento del Cauca

ASUNTO: Manual instructivo para la participación de artistas, creadores y gestores culturales en la Convocatoria para la Destinación Transitoria de Recursos INC ordenada por la resolución No. 2006 de 14 de octubre de 2020 y Decreto 561 de abril 15 de 2020.

Artistas, creadores y gestores culturales del Cauca, ya se encuentra abierta la convocatoria de Destinación Transitoria de Recursos INC.

La Secretaría de Educación y Cultura del Cauca, en atención al Decreto de Emergencia Económica y Social número 561 de 2020, reglamentado  por la Resolución 2006 de 14 de octubre de 2020, procede a emitir la Circular 107 de 2020 donde encuentran el Manual instructivo para la participación de artistas, creadores y gestores culturales para la Convocatoria para la Destinación Transitoria de Recursos INC, Convocatoria para la identificación de bases de datos de artistas, creadores y gestores culturales en condiciones de vulnerabilidad para la asignación de transferencias monetarias no condicionados o incentivos económicos con los recursos provenientes del Impuesto Nacional al Consumo INC.

¿Quiénes podrán postularse a la convocatoria para obtener el incentivo económico?

Artistas, creadores y gestores culturales (ciudadanos colombianos mayores de edad, residentes en el país y en el Departamento del Cauca) que demuestren su situación de vulnerabilidad.

¿Quiénes NO podrán postularse a la convocatoria para obtener el incentivo económico?

Aquellos artistas, creadores y gestores culturales beneficiarios de los programas Familias en Acción, Protección al Adulto Mayor – Colombia Mayor, BEPS para creadores y gestores culturales, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario o de la compensación del impuesto sobre ventas – IVA, y quienes gocen de pensión.

Si estoy interesado en la convocatoria ¿a dónde debo acudir?

La recepción de información y posibles beneficiarios será canalizado a partir de cada alcaldía municipal con la coordinación a través de sus responsables de cultura.

¿Cuáles son los requisitos para poder obtener el incentivo económico?

✓ Ser artista, creador o gestor cultural del departamento del Cauca en situación de vulnerabilidad.

✓ Diligenciar, bajo la anotación de que se cumple con la calidad de artista, creador o gestor cultural en situación de vulnerabilidad, en el formulario adjunto al presente instructivo, suministrando toda la información requerida.

✓ Ser mayor de edad.

✓ Ser colombiano residente en el Departamento del Cauca.

¿Cuáles son los criterios que tendrá en consideración la Secretaría de Educación y Cultura para priorizar y otorgar el incentivo económico?

La Secretaría de Educación y Cultura del del Cauca, de manera discrecional y proporcional a los recursos, priorizará el otorgamiento del incentivo económico teniendo en cuenta criterios establecidos en el anexo 1 de la Resolución 0630 del 21 de abril de 2020, como:

1. Discapacidad del artista, creador o gestor conforme al registro para la localización y caracterización de personas con condición de discapacidad RLCPD.

2. Puntaje de Sisbén o listado censal del artista, creador o gestor.

3. Edad del artista, creador o gestor aspirante.

4. Ruralidad.

5. Ingresos.

6. Manifestaciones del patrimonio cultural.

Monto de las ayudas 

¿Cuál es el Incentivo económico para artistas, creadores y gestores culturales beneficiados?

El Departamento entregará de manera transitoria a los artistas, gestores y creadores culturales beneficiarios de los recursos, un solo desembolso por valor de CUATROCIENTOS OCHENA MIL PESOS M/CTE ($480.000) por beneficiario. La transferencia monetaria no condicionada estará a cargo de la Secretaría de Hacienda Departamental. 

Cronograma de la convocatoria

Se dispondrá de los 10 días establecidos por la resolución reglamentaria para la convocatoria.

De igual manera, es importante tener en cuenta que:

● Las alcaldías municipales que no cumplan con los requerimientos de entrega de información y los compromisos señalados en la presente convocatoria en los términos de su cronograma, trae como resultado que el municipio quede por fuera del proceso, y no se le puedan otorgar incentivo a sus gestores, artistas y creadores.

● La transacción monetaria no condicionada o incentivo económico concedido no es transferible y se constituye en apoyo económico intransferible a título personal del gestor, artistas, o creador en situación de vulnerabilidad que se presente a la convocatoria y resulte seleccionado.

● Los listados de beneficiarios serán publicados en la página web del Departamento www.cauca.gov.co , página web de la Secretaría de Educación y Cultura del Cauca www.sedcauca.gov.co  y demás medios que la Entidad considere pertinente. Posteriormente serán remitidos a las alcaldías para su publicación y divulgación.