¿Cómo es el proceso de programación y liquidación de vacaciones del personal administrativo de los establecimientos educativos?
Los Docentes Directivos Rectores de las Instituciones Educativos o quien haga sus veces, deberán remitir el Cronograma de vacaciones de su personal administrativo a su cargo indicando nombre, cargo y fecha de disfrute, para diligenciar el cronograma deberá tener en cuenta la siguiente información:
➡️La liquidación de vacaciones se paga un mes antes al del disfrute y en el mes de incluir la novedad ya debe tener el periodo causado, en este sentido el Directivo Docente deberá validar la fecha de causación del periodo para no presentar inconvenientes.
➡️Las novedades se reciben hasta el 10 de cada mes de acuerdo a cronograma de nómina por tanto la solicitud que sea enviada posterior a esta fecha no se tendrá en cuenta y deberá reprogramar a través de un nuevo oficio.