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¿Hay expedientes de varios docentes negados cuya observación es: no se anexó expediente acto administrativo de retiro por el periodo de provisionalidad, el cual no existe ya que la secretaría no hizo decretos de terminación del periodo provisional sino que los nombró automáticamente en periodo de prueba porque pasaron el concurso?

>¿Hay expedientes de varios docentes negados cuya observación es: no se anexó expediente acto administrativo de retiro por el periodo de provisionalidad, el cual no existe ya que la secretaría no hizo decretos de terminación del periodo provisional sino que los nombró automáticamente en periodo de prueba porque pasaron el concurso?

¿Hay expedientes de varios docentes negados cuya observación es: no se anexó expediente acto administrativo de retiro por el periodo de provisionalidad, el cual no existe ya que la secretaría no hizo decretos de terminación del periodo provisional sino que los nombró automáticamente en periodo de prueba porque pasaron el concurso?

Atras

Si no hay acto administrativo de retiro no se debe tramitar la cesantía definitiva. En estos casos se entiende que el docente cambia de nombramiento y no se retira del servicio. Debe validarse la forma como la Secretaría de Educación está motivando los actos administrativos de cambios de nombramiento para evitar el trámite de las cesantías definitivas.Es necesario recordar que las Cesantías Definitivas solo se reclaman cuando se rompe la relación laboral o cuando ha transcurrido más de 15 días entre uno y otro nombramiento.